Los primeros esbozos sobre troncalidad apuntan a la creación de unidades docentes únicas para especialidades del mismo tronco
El texto que contiene los puntos básicos del futuro R.D. que desarrolla el capítulo sobre formación especializada en Ciencias de la Salud de la LOPS, que publica íntegramente EL MEDICO INTERACTIVO, también recoge aspectos relativos a la formación MIR como la supervisión y la evaluación, al tiempo que plantea un sistema de reespecialización para especialidades del mismo tronco
Tras la elaboración de un primer esquema del documento previo a lo que podría ser el proyecto de Real Decreto que desarrollará el Capítulo III del Título II de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, (VER EL MEDICO INTERACTIVO en su edición del 9-2-06) la Comisión Técnica de Formación Especializada maneja ya un documento trabajo más amplio, tal como avanzó a este medio el subdirector general de Ordenación Profesional, Javier Rubio, al detallar el contenido de la última reunión celebrada el pasado 21 de marzo (ver edición 23-3-06).
Aun partiendo de su todavía carácter preliminar, según insistió Rubio, al hacer referencia a este documento, y tal como ha podido constatar este medio que ha tenido acceso al mismo y que reproduce íntegramente, en él se van perfilando los principales bloques de que podría constar el futuro Real Decreto, Así, engloba aspectos tales como la sistematización de todas las especialidades en ciencias de la salud, dándose una visión global de todas ellas, y agrupadas en dos bloques: “hospitalarias”, y dentro de éstas, las médicas, las farmacéuticas, las multidisciplinares, y las de Enfermería correspondiente; y las “intra-extra hospitalarias”, incluyendo las médicas, psicología y de Enfermería correspondientes.
Otro gran bloque es el dedicado a la regulación de un nuevo concepto de Unidad Docente, así como de los procedimientos de evaluación y los órganos colegiados y unipersonales que intervienen en la supervisión y organización de los períodos formativos que se realizan por el sistema de formación de residentes. Una de las novedades contempladas en este apartado es la introducción de las unidades docentes únicas de carácter multiprofesional. Están enfocadas para especialidades del mismo grupo pero de distinta titulación que, sin embargo, incidan en ámbitos asistenciales afines., como, por ejemplo, unidades de salud mental destinadas a psiquiatras, psicólogos clínicos y enfermería de salud mental. Asimismo, se hace referencia a las nuevas unidades docentes de carácter troncal una vez en marcha la formación vía troncalidad.
En este bloque también se incluyen dos apartados sobre los que los residentes tienen puesta su mira en estos momentos como son el de su supervisión, calificándose ésta como “una obligación inherente a todos los especialistas que presten servicios en las distintas unidades asistenciales donde se formen los MIR”. Además, serán las comisiones de docencia las responsables de consensuar “por escrito” protocolos de actuación para graduar la supervisión de los residentes en áreas de actuación significativas.En relación a la evaluación se diferencia entre la continuada y formativa de la anual. Con respecto a la primera, se concreta que se llevará a cabo a través de entrevistas periódicas entre tutor y residente, y entre el primero y otros tutores y colaboradores docentes. Con respecto a la evaluación anual se indica que tendrá por objetivo calificar los conocimientos, habilidades y actitudes de cada residente al finalizar cada año, se llevarán a cabo en el seno de cada unidad docente y por un comité de evaluación de la especialidad de que se trate. Asimismo, se incluye la evaluación del tronco, cuando la formación se haya llevado siguiendo los criterios de la futura troncalidad, una evaluación anual del último año de tronco.
Finalmente, en este apartado, se plantea la posiblidad de una evaluación final, una vez concluido el periodo formativo previsto en el programa oficial. Tal como indica el documento, “se trataría de realizar una prueba ‘de prestigio’ que cumpliera el mandato de la LOPS, que sirviera para algo y que no choque frontalmente con el rechazo que produce en el colectivo de residentes la realización de una evaluación final obligatoria que fuera una condición para obtener el título de especialista”.
Troncalidad
En el documento se incluye, asimismo, un primer avance, muy básico, sobre especialidades con formación troncal, incluyéndose un anexo con una relación de unos posibles troncos, a modo de ejemplo, como el que englobaría a las especialidades de Medicina Interna, Medicina de Familia y Comunitaria y la hipotética de Urgencias y Emergencias. Este tronco tendría una duración de dos años, para pasar después a la formación específica de cada especialidad incluida en el mismo, en este caso, Medicina interna, tres años; Medicina de familia, 2 años; y Medicina de Urgencias, 2 años.
En el apartado correspondiente a la troncalidad también se plantea la posibilidad de regular el sistema de reespecialización con objeto de que la incorporación de criterios troncales permita la reespecialización, para especialidades del mismo tronco, de quienes ya son especialistas.
En principio han quedado excluidos en este documento, la regulación de las áreas de capacitación, la de la modificación de las pruebas de acceso al MIR para licenciados, así como el reconocimiento profesional de títulos de especialista no comunitarios, “sin perjuicio de prever su regulación en un plazo determinado”, tal como se puntualiza en dicho texto.
http://www.elmedicointeractivo.com/noticias_ext.php?idreg=11456
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